16 abril, 2024

Ciudadano deberían tener el derecho de atestiguar la revisión de cuentas públicas

12 enero, 2018

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San Luis Potosí, SLP.- Se debe establecer el derecho de la ciudadanía en el estado, a participar en calidad de testigos ciudadanos en los procesos de revisión y fiscalización de la cuenta pública, previa solicitud aprobada por el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, manifestó la diputada Josefina Salazar Báez, quien promueve para ello, una iniciativa de reforma a la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí para tal efecto.

Señala que con la figura del testigo ciudadano, se promoverá la participación en los sistemas de fiscalización ciudadana, cargo que sería honorario, que no originaría compensaciones ni pagos y que como requisito deberá tener experiencia o formación comprobable en el área de contaduría. Además, no deberá ser servidor público en funciones.

“Esta figura dependerá del Comité Coordinador, debido a su atribución general, concedida en el artículo 8° de la Ley local del Sistema Anticorrupción de tener bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción, y se proponen atribuciones para que éste órgano pueda recibir y dictaminar las solicitudes de los interesados en ser testigos ciudadanos en las auditorías, o realizar invitaciones a los ciudadanos para desempeñar esta labor”.

En el caso de las invitaciones, se plantea que el Comité coordine con las instituciones de educación superior y asociaciones civiles, con el propósito de involucrar a docentes y miembros de sociedades de profesionistas.

Para la participación del testigo ciudadano en la fiscalización de cuentas públicas, se realizaría por medio de una solicitud previa de parte de la persona interesada, el Comité de informaría de su aprobación y le expediría su nombramiento. Luego, un representante le acompañaría para el comienzo de sus labores, o se daría comienzo al proceso mediante invitación.

Se contempla que haya al menos dos testigos ciudadanos en un proceso de revisión y/o fiscalización y que no puedan proceder de la misma institución u organización.

Por parte del organismo que se encuentre realizando la revisión o fiscalización, estaría obligado a cooperar con el testigo ciudadano y a facilitar su acceso a toda la información relacionada con el proceso de auditoría, siempre observando lo dispuesto en las leyes aplicables en materia de información pública, transparencia y datos personales en posesión de sujetos obligados.

Al finalizar el proceso, cada testigo por separado, deberá realizar y entregar un informe por escrito al Comité Coordinador para incluir las observaciones a que haya lugar, en su caso. El Comité entonces deberá revisar los informes y procurar lo conducente para clarificar las objeciones.

Se propone que el alcance en la participación del testigo ciudadano sea de lo más amplio, por lo que se buscará dar acceso a los procesos de revisión y fiscalización de las cuentas públicas, realizadas por la Auditoría Superior del Estado.

La iniciativa se encuentra en análisis al interior de las comisiones de Puntos Constitucionales; Justicia; Vigilancia; y Gobernación.

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