San Luis Potosí, A fin de mejorar los mecanismos para la aprobación de las reformas constitucionales por parte de los ayuntamientos de la entidad, el diputado Fernando Pérez Espinosa presentó una iniciativa de reforma al artículo 138 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí.
Esta propuesta busca adaptar el texto constitucional, a fin de reducir el número de ayuntamientos que deben aprobar las adiciones o reformas constitucionales, de manera que se determine por el voto de la mitad más uno de los ayuntamientos, en lugar de las tres cuartas partes de los cabildos como actualmente se establece.
Se indica que dicha aprobación deberá darse en sesión extraordinaria de Cabildo y comunicarse al Congreso o a la Diputación Permanente dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes a aquel en que reciban el proyecto.
En caso de que los ayuntamientos no comuniquen su acuerdo en el plazo establecido, las reformas constitucionales se tendrán por aprobadas y el Congreso del Estado o la Diputación Permanente, en su caso, harán el cómputo de los votos de los ayuntamientos y la declaración de haber sido aprobadas dichas modificaciones.
En su exposición de motivos, Pérez Espinosa señaló que estas modificaciones también buscan homologar el criterio establecido en la Constitución Federal, y regular las acciones en caso de omisión por parte de los mismos.
“La reforma constitucional, además de lo anterior, constituye un balance permanente entre las necesidades de estabilidad constitucional y los requerimientos del cambio, hoy el cambio social obliga a simplificar los procedimientos pero en estricto apego a la legalidad y la trascendencia que una reforma constitución debe revestir”.
Esta iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Puntos Constitucionales.


