22 julio, 2026

Requisitos para los consejeros del CEEPAC

16 abril, 2014

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Dip. Juan José Jover Navarro

San Luis Potosí, SLP.- Juan José Jover Navarro, Diputado por el Partido del Trabajo, presentó una iniciativa de ley para modificar la integración del órgano electoral local y establecer requisitos y condiciones para las y los ciudadanos que funjan como consejeros electorales del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC).

La iniciativa con Proyecto de Decreto platea reformar el artículo 31 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí en su primer párrafo y se adicionan cuatro párrafos al mismo artículo.

Jover Navarro señaló que es necesario adecuar las constituciones de los estados conforme a lo indicado en el artículo 116 de la Constitución Federal para armonizar las locales con la del ámbito nacional.

Agregó una de las principales preocupaciones,  es  brindar certeza a las y los ciudadanos que pretendan integrar el órgano local electoral, puesto que la denominación actual requiere de ciudadanos que integren el CEEPAC en calidad de consejeros ciudadanos y a la luz de las recientes reformas el término cambia a consejeros electorales lo cual requiere de un perfil idóneo mediante requisitos concretos de experiencia y conocimientos en materia electoral.

El legislador dijo que la reforma federal mandata que quienes funjan como consejeros electorales no desempeñen ningún otro empleo o cargo remunerado durante su encargo y aún va más allá al prohibir que dichos funcionarios puedan asumir un cargo público en los órganos emanados de las elecciones en que hayan participado en su desarrollo y organización,  al igual que se les prohíbe el acceso a ser candidatos a cargos de elección popular y a asumir cargos de dirigencia partidista, durante los dos años posteriores al término de su encargo como consejeros electorales.