22 julio, 2026

Hay que evitar problemas financieros de trabajadores de los municipios: Socorro Herrera

21 julio, 2014

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Dip. Ma del Socorro Herrera Orta

San Luis Potosí, SLP.- La legisladora Socorro Herrera Orta dijo que se ha dado un paso importante para establecer un sistema de pensiones efectivo para los trabajadores de los ayuntamientos, que les permita salir adelante con esta prestación y prevenir problemas financieros posteriores.

En el dictamen, se expone la problemática que representa esta situación, ya que los municipios del Estado no han podido cumplir cabalmente con las obligaciones de seguridad social a favor de sus trabajadores, en virtud de las limitaciones financieras, pero además, porque formalmente no existe un fondo de pensiones mediante el cual estos puedan hacer frente a tan importante y creciente compromiso presente y futuro, condicionando su otorgamiento a través del crecimiento desmedido de los recursos públicos por ser parte del gasto corriente.

Por ello, mediante esta modificación a la Constitución Política del Estado, y a las leyes, de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado; y Orgánica del Municipio Libre del Estado, se busca establecer la obligación de los ayuntamientos de crear un fondo de pensiones, el cual dependa de la tesorería municipal, y que sea vigilado por los órganos de control interno de la propia administración.

Este fondo deberá contar con recursos suficientes para garantizar las jubilaciones, pensiones, y retiros de los trabajadores que tengan derecho a esta prestación.

Asimismo, se establece que el ayuntamiento podrá celebrar convenios con instituciones públicas o privadas de seguridad social para el manejo, y ejecución del fondo de pensiones del municipio, siempre que sea aprobado cuando menos por las dos terceras partes de los integrantes del cabildo, y por la posterior aprobación del Congreso del Estado.

Por último, y para garantizar que el fondo contenga los recursos necesarios para su operación, deberá incluirse en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal, un apartado que contemplará tres montos a etiquetar del gasto: un monto en el cual se programe, con base en el número de trabajadores que cuenten con edad de jubilación, la cantidad de dinero a que asciende su liquidación por antigüedad; así como la suma asegurada de que gozarán una vez que opere su jubilación o retiro.

El segundo monto lo integrará un promedio del gasto de los últimos cinco ejercicios fiscales anteriores, con la actualización inflacionaria correspondiente, que prevea cuántos casos de retiro por incapacidad parcial o total permanente o pensión por riesgo de trabajo se hubiesen requerido.

Y en el tercer monto se formará con todos aquellos trabajadores de nuevo ingreso y de incorporación voluntaria, que se acojan a un plan de retiro que preverá cada ayuntamiento, con aportaciones del trabajador y del municipio; mismo que servirá como base para asegurar las jubilaciones y pensiones de cada trabajador.