San Luis Potosí, SLP.- Con el objetivo de introducir dinámicas administrativas y de coordinación entre Poderes distintas a las vigentes, disminuyendo el tiempo para la presentación del Plan Estatal de Desarrollo a efecto de que éste se presente en los primeros tres meses del mandato de quien presida la titular del Poder Ejecutivo, a iniciativa del diputado Jorge Alejandro Vera Noyola la LX Legislatura reformó el artículo 57 de la de la Constitución Política del Estado; y el artículo 16 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí.
Con esta reforma también se le dan facultades al Poder Legislativo para aprobar el Plan Estatal de Desarrollo a los tres meses subsecuentes que sea presentado por el titular del Poder Ejecutivo, con la finalidad de que dicho documento sea susceptible de ser revisado y analizado por parte de las comisiones legislativas que integran esta Soberanía.
Además para que los legisladores verifiquen si éste cumple con los elementos técnicos mínimos que debe contener un Plan Estatal de Desarrollo y si se encuentra en consonancia con la normatividad vigente y con los instrumentos internacionales firmados por México.
Lo anterior se señala en la exposición de motivos del dictamen aprobado por el pleno del Congreso del Estado.



