México, DF.- La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), a través de su Comité de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, expresa su preocupación por el parcial cumplimiento de parte del gobierno del estado de Oaxaca de la Recomendación 1/2014 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), sobre la vulneración de los derechos a la protección de la salud, a la integridad y a la seguridad personal de la señora Irma López Aurelio y de su hijo.
Para esta Comisión, aceptar el documento recomendatorio de forma parcial redunda en un menoscabo de los derechos a la atención, la justicia y la reparación integral de cualquier persona en situación de víctima, por lo que insta a las autoridades competentes a resarcir la vulneración de los derechos transgredidos.
El 2 de octubre de 2013 la señora Irma López Aurelio, de 28 años de edad, quien presentaba un embarazo de 36 semanas de gestación, acudió al Centro de Salud Rural del municipio San Felipe Jalapa de Díaz -adscrito a la Secretaría de Salud del estado de Oaxaca- donde se le negó la atención hospitalaria luego de que personal de dicho centro le indicara que tenía que regresar posteriormente, puesto que en ese momento no había médico alguno que pudiera atenderla, debido a lo cual dio a luz a su hijo en el patio de dicho centro.
Derivado de estos hechos, la señora López interpuso denuncia en contra de quienes resultaran responsables ante la Fiscalía de Delitos contra la Mujer por Razón de Género de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca, así mismo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) inició la queja de oficio CNDH/4/2013/6973/Q.
De acuerdo con dicho organismo protector de los derechos humanos, la señora Irma López y su hijo recién nacido fueron víctimas de violación a sus derechos de protección a la salud, de integridad y de seguridad personal, así como del derecho a un trato digno, por lo que en razón de ello, la CNDH formuló las siguientes recomendaciones:
Primera.- Reparar el daño ocasionado a la señora Irma López así como a su hijo recién nacido;
Segunda.- Diseñar e impartir en los diferentes centros de salud de la Jurisdicción Sanitaria 3, San Juan Bautista, Tuxtepec, Oaxaca, programas integrales de educación, formación y capacitación en materia de derechos humanos, así como la remisión a la CNDH de los indicadores relativos a la gestión y la evaluación del personal capacitado;
Tercera.- Entregar copia de la certificación y recertificación tramitada ante los Consejos de Especialidades Médicas mediante las que se acreditara la actualización, la experiencia y los conocimientos suficientes por parte del personal médico a fin de brindar un servicio adecuado y profesional;
Cuarta.- Adoptar medidas efectivas con el propósito de integrar y proteger los expedientes clínicos de conformidad con la normativa correspondiente; y
Quinta.- Colaborar con la CNDH en la presentación y el seguimiento de la denuncia de hechos ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca.
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas recuerda que la señora Irma López ha sido legalmente representada por el Grupo de Información en Reproducción Elegida A. C. (GIRE), quienes atendiendo a los hechos y aduciendo que se ejerció violencia obstétrica, solicitaron una indemnización económica a fin de cubrir los gastos de manutención, el apoyo para la educación de su hijo, así como la atención médica para ambos.
Además, sostuvieron que la reparación del daño tendría que implicar el reconocimiento de la responsabilidad y la adopción de medidas de restitución proporcionales a la violación de los derechos humanos por parte de las autoridades del estado de Oaxaca.
Al respecto, el 5 de enero pasado, GIRE emitió un pronunciamiento en el cual refirió que si bien es cierto que hasta la fecha el gobierno del estado de Oaxaca había dado parcial cumplimiento a las peticiones de la señora López Aurelio -así como a las recomendaciones de la CNDH-, aún quedaba pendiente garantizar que las instancias de salud del estado sean seguras, cuenten con la infraestructura necesaria y respeten los derechos humanos de las mujeres.
Por lo anterior, la Comisión Ejecutiva señala la necesidad de que se atienda de forma total la Recomendación señalada, a fin de garantizar a Irma López Aurelio y a su hijo su derecho a la justicia y a la reparación del daño, tal como lo señala la Ley General para víctimas de delitos y de violaciones a los derechos humanos en nuestro país.