San Luis Potosí, SLP.- A fin de incluir el término de violencia de género, como el tipo de violencia familiar que se ejerce contra cualquier miembro de la familia por razón de su sexo, estereotipando los roles que se consideren deben desarrollar en razón de dicha condición, o colocándolos en situación de desventaja educativa, económica o de cualquier otra índole por dicha razón, la legisladora Delia Guerrero Coronado presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Familiar del Estado de San Luis Potosí.
En su exposición de motivos, la legisladora indica que lo que diferencia a este tipo de violencia de otras formas de agresión y coerción es que el factor de riesgo o de vulnerabilidad es el sólo hecho de ser mujer, por lo que la violencia de género puede adoptar diversas formas, lo que permite clasificar la conducta o el delito, de acuerdo con la relación en que ésta se enmarca y el ejercicio de poder que supone y que puede derivar en violencia sexual, incesto, lesiones, daño patrimonial e incluso en homicidio.
“Las propuestas que se plantean se basan en el carácter irreductible de los derechos humanos de las mujeres, en la obligación del Estado de protegerlos y garantizarlos en todos los ámbitos, inclusive dentro de las familias, y en la convicción de que el respeto de los derechos humanos también es una condición esencial para el desarrollo de los Estados y el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos de toda la población”, señala.
La diputada Delia Guerrero, estableció que la violencia contra la mujer en el marco del hogar tiene características peculiares que la diferencia de otros tipos de agresión y abuso, por el espacio en que ocurre, por los actores que intervienen y por el conjunto de factores psicológicos que entran en juego, todo lo cual contribuye a la complejidad y a que la percepción del problema no siempre sean evidentes.
Esta iniciativa incluye también dentro de las autoridades a las que corresponde la aplicación de esta Ley, y también como integrantes del Consejo para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar: a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas; El Centro de Atención Integral a Víctimas, y al Centro de Justicia para las Mujeres.
Finalmente, se actualiza en esta reforma la denominación de la antes Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, por su actual nombre de Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer, la Familia y el Adulto Mayor y el de la Coordinación de la Defensoría Social y de Oficio por su nueva denominación como Defensoría Pública del Estado.
Esta iniciativa se encuentra en análisis en la Comisiones de Derechos Humanos, Equidad y Género; y, Justicia.