San Luis Potosí, SLP.- Los diputados Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, Delia Guerrero Coronado, Jaén Castilla Jonguitud, Federico Ángel Badillo Anguiano, Alejandro Lozano González, José Eduardo Chávez Aguilar y Eugenio Guadalupe Govea Arcos presentaron una iniciativa que establece los Montos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de las Instituciones del Estado de San Luis Potosí para el segundo semestre del 2015.
La finalidad es que las instituciones del Gobierno del Estado obtengan sus bienes y servicios con el mejor precio, calidad y oportunidad para tener un ejercicio de recursos transparente, eficiente y responsable.
La presidenta de la Comisión de Hacienda del Estado diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, informó que de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, se fijan los montos para las adquisiciones, arrendamientos y servicios de las instituciones del Estado, para el segundo semestre de 2015, para quedar como sigue:
Monto máximo total de cada operación que podrá adjudicarse directamente: Hasta 1,125 salarios mínimos generales vigentes en la zona económica en que se ubica el Estado.
Monto máximo y mínimo total de cada operación que podrá adjudicarse mediante invitación restringida por escrito a cuando menos tres proveedores: De más de 1,125 a 13,500 salarios mínimos generales vigentes en la zona económica en que se ubica el Estado.
Monto máximo y mínimo total de cada operación que podrá otorgarse mediante licitación pública: De más de 13,500 salarios mínimos generales vigentes en la zona económica en que se ubica el Estado.
En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, que a la letra mandata: “Las adquisiciones, arrendamientos y servicios que rebasen los montos establecidos semestralmente por el Congreso del Estado, deberán ser turnados al conocimiento de los comités respectivos.
Dichos montos serán aprobados dentro de la segunda quincena de los meses enero y julio de cada año, lo cual se difundirá a través del Periódico Oficial del Estado”.
Es por ello y con la finalidad de cumplir con la responsabilidad referida, se determina establecer los mismos montos que estuvieron previstos para el primer semestre del presente año; dichos montos están fijados en salarios mínimos generales vigentes de la zona económica en que se ubica el Estado, mismos que de conformidad en lo establecido en el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, que a la letra mandata: “Los salarios mínimos se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente”; se actualizarán de manera automática en la fecha antes citada.
Esta iniciativa se turnó a la Comisión de Hacienda del Estado para su análisis correspondiente.