San Luis Potosí, SLP.- El delito de aborto ya no es considerado como grave, según la última reforma en el Código de Procedimientos Penales del estado, así lo dijo el diputado Jorge Escudero Villa coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Una persona que deba enfrentar una acusación por aborto, podrá hacerlo sin necesidad de ser aprehendida, ya que se redujo la penalización a 10 años y transcurrir el proceso en libertad según lo explicó el legislador.
“Baja la pena y podrán salir en libertad bajo fianza, ya no es delito grave, disminuyó a 10 años y antes se imponían 20 años; desde luego que no es un avance, es un paliativo, voy en contrasentido de lo que piensan mis compañeros diputados, es lo que pude obtener” indicó el legislador.
Pero no solo deberá modificarse la gravedad del delito de aborto, se debe buscar la despenalización, además de que la entidad potosina aun carece de datos específicos sobre las mujeres que son consignadas por este delito.
La reforma que se aprobó corresponde a lo dispuesto en el artículo 407 del Código de Procedimientos Penales para el Estado, en lo respecto a la prisión preventiva que de oficio deberá dictar el juez; además de precisar que en las leyes generales de salud, secuestro y trata de personas, se establecerán los supuestos que ameriten la prisión preventiva oficiosa.
También, en otro tema, se aprobó en un punto de acuerdo el tema de la fracturación hidráulica conocida como “fracking” en el que se plantea detener los proyectos de este tipo, hasta que se dicten las medidas cautelares y de ser necesario no se emitan los permisos, debido a que San Luis Potosí es el tercer estado con mas yacimientos de gas en 15 municipios de la Huasteca Potosina y se podría aplicar el fracking en esa zona.



