San Luis Potosí, SLP.- Con la finalidad de establecer que a las personas que pierden a un familiar en algún hecho presuntamente delictivo se les entregue el cadáver inmediatamente después de la realización de la necropsia, o su dispensa, el pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma el Código Penal del Estado de San Luis Potosí y el Código de Procedimientos Penales del Estado de San Luis Potosí que también busca evitar el abuso de empresas funerarias que sin ningún consentimiento se hacen cargo del cadáver para aplicar cobros de manera irregular.
Al respecto, el diputado Martin Álvarez Martínez señaló que con esta modificación a la legislación local se pretende terminar con los abusos que se han dado en algunos lugares cuando por desgracia se presenta un fallecimiento por accidente y llegan agencias funerarias a recoger los cuerpos, sin ninguna autorización de la familia y una vez que se los llevan no se los entregan, hasta que no les pagan cifras que no acordaron, que no convinieron y que no sabe si son justas o no.
“Dejamos establecido que serán sancionados quien así lo haga, debido a que en todo momento tiene que ser con la voluntad de la familia y sobre todo con el consentimiento, ya que con ello se evitarán todo tipo de abusos que vienen a impactar no sólo el ámbito emocional sino económico de los familiares”, expresó el legislador.
Además con esta reforma se establece que la entrega sea a familiares, en los casos que los haya, y en los que no, esto sea posible a quienes invoquen título o motivo suficiente, previa la autorización del Ministerio Público, ya que no es desconocido, que existen casos en que personas que pierden la vida, no tengan familiares, pero si amigos o conocidos que los reclamen para llevar a cabo su sepultura.
El diputado quien promovió dicha reforma, destacó que también se precisan otros medios de comisión del delito de inhumaciones y exhumaciones ilícitas, en virtud de la muy recurrente práctica de personas que prestan servicios funerarios y que retardan o niegan la entrega de un cadáver a los familiares o deudos, a efecto de que les paguen servicios no requeridos.
Asimismo se establece que son facultades del Ministerio Público, delegadas por mandato constitucional, perseguir, ante los tribunales los delitos, buscar y presentar pruebas que acrediten la participación de imputados en hechos tipificados como tales, y en el caso particular en hechos en los que haya cadáveres es preciso establecer que su traslado deberá ser preferentemente en vehículos oficiales, y con las medidas de seguridad necesarias, ya que no obstante que el Ministerio Público, previo el traslado, levanta la inspección, lo cierto es que aún estaría pendiente elaborar el protocolo de necropsia, en donde puede obtener indicios relevantes para la investigación. Además, para establecer la obligación de entregar inmediatamente el cadáver tratándose de los casos en los que la defunción haya sido por causas naturales.


