
San Luis Potosí, SLP.- En recientes declaraciones Jorge Andrés López Espinosa hace referencia a un rechazo que hizo la Comisión Nacional de Derechos Humanos respecto del recurso de impugnación promovido por las víctimas reconocidas como tal en la Recomendación 10/2017 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en el conocido caso La Noria de San José.
El ombudsman había sido notificado por la CNDH sobre la resolución de la impugnación en la cual el organismo nacional no entró al fondo del asunto por considerarlo extemporáneo, razón por la cual concluye rechazarlo.
Al respecto existen dos cosas por aclarar:
El manejo irresponsable, tendencioso y ambiguo a su favor del ombudsman estatal Jorge Andrés al tener una información derivada de la notificación que le hizo la CNDH sobre la suerte que corrió la impugnación de las víctimas. Con esa resolución pretendió que sus recomendaciones estaban bien hechas argumentado “…ya hubo una recomendación que fue impugnada y rechazada lo que da cuenta de que el trabajo se hace apegado a la normatividad”.
La falta de sensibilidad de parte de Jorge Andrés al pretender más proteger su imagen respecto de su trabajo le obligó hacer pública una resolución que aún no había sido notificada por la CNDH a las víctimas, quienes se enteraron a través de la declaración a medios, creando con ello sentimientos de contradicción, desilusión, intranquilidad y zozobra de forma innecesaria, pero además hoy sabemos, de forma injusta y no clara, pues ahora que por fin las víctimas fueron notificadas podemos afirmar categóricamente que la CNDH jamás estudió el fondo de la impugnación y únicamente la desechó por considerarla extemporal, por lo tanto no hay argumentos para asegurar como lo hizo el ombudsman “que su traba está bien hecho”.
Pero la CNDH tiene su propia responsabilidad pues fue gracias a la insistencia de las víctimas y ese desgaste emocional que produce una gestión innecesaria que hasta hoy 25 de mayo de 2018 fueron notificadas oficialmente y conocemos la resolución, donde efectivamente la CNDH decide desecharlo por considerarlo improcedente.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos a pesar de tener una oficina en esta ciudad y de contar con la visitaduría y personal suficiente, notificó de forma pronta y eficiente a la Comisión Estatal de Derechos Humanos sobre la resolución de la impugnación a la Recomendación 10/2017. Debe tomarse en cuenta que la CEDH es parte sólo porque contra ella es la impugnación al considerar las víctimas que su recomendación es incompleta, insuficiente, violatoria y no garantiza la reparación del daño.
En este caso, la CNDH debe asegurarse notificar primero a quien promovió el recurso que son los primeros interesados, en este caso los habitantes de La Noria de San José.
Con esto se garantizaría el uso indebido de una información delicada, como lo hizo Jorge Andrés López Espinosa quien enteró a las víctimas por medio de los medios y además fue impreciso al explicar el sentido de la resolución.
Hasta hoy 25 de mayo fueron notificadas las víctimas en las oficinas de la CNDH a petición de ellas mismas y por gestión de esta asociación con oficinas de la CDMX. Vamos agotar todos los recursos legales y hoy tenemos argumentos para elaborar un amparo contra las deficiencias en las notificaciones y el estado de indefensión en que deja a las víctimas la CNDH.
Lo dicho, la CEDH se suma al poder Estatal para litigar contra las víctimas y hacerlas litigar sus derechos, cuando por su naturaleza debería ser garante frente al poder. Y la CNDH ya dejó ver esta tendencia.


