Con motivo de la auditoría practicada por la Auditoría Superior del Estado (ASE) a los Servicios de Salud de San Luis Potosí, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2020, se detectó la contratación de una empresa de personal de limpieza con sede en Guerrero, lo que pone en duda la veracidad; a esta empresa se le pagaron más de 6 millones de pesos.
De la revisión a la documentación presentada por los Servicios de Salud del capítulo 3000 Servicios Generales, relativa a la fuente de financiamiento “COVID 2020” se observa el contrato núm. SSSLP-ASIG-SERVLIMPIEZA- 034/2020 otorgado a la empresa HIVICO Hidalgo Vigueras Consultores en Tecnología, S.A. de C.V. por $6,096,653 debido a que las cédulas de determinación de Cuotas de Seguridad Social del personal de la empresa se encuentran generadas en el municipio de Acapulco de Juárez en el estado de Guerrero, por lo que no existe certeza respecto a los reportes de asistencia del personal que efectuó labores de limpieza según lo señalado en la documentación comprobatoria.
Aunque los Servicios de Salud de San Luis Potosí, presentaron cédula de solventación firmada por el Director de Administración, en donde señala que debido a las necesidades de negocio de las empresas sus trabajadores tienen que desplazarse a otras entidades federativas, con lo que manifiesta que los trabajadores que prestaron servicios de limpieza son foráneos, esto genera contradicción en los argumentos para contratar un proveedor de limpieza que no cuenta con personal local para la prestación del servicio, por lo que se determina la falta de cumplimiento de los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.
Debido a ello se presume un probable daño o perjuicio a la Hacienda Pública por un monto de 6 millones 096 mil 653 pesos, más los rendimientos que se generen desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta bancaria de Recursos Fiscales Estatales, por el pago de servicios de limpieza a un proveedor que no cuenta con personal local y no hay evidencia del control de asistencia de personal validados por administradores de los lugares donde prestaron los servicios; en su caso, deberá ser acreditado ante la Auditoría Superior del Estado con la evidencia documental que compruebe el depósito del reintegro a cuentas bancarias de la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado de San Luis Potosí.


