San Luis Potosí, SLP.- Aunque el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) desestimó la demanda presentada por María de los Ángeles Hermosillo Casas, regidora del partido Nueva Alianza, para reincorporarse como presidenta de la Comisión Permanente de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, su reciente resolución instruyó al Cabildo a reorganizar las comisiones para que la regidora pueda asumir al menos una presidencia, con el propósito de prevenir la desigualdad de género en el ámbito municipal.
Hermosillo Casas impugnó una decisión del Cabildo que desestimó su solicitud para reincorporarse a las comisiones municipales con los mismos cargos que ocupaba antes de su licencia, incluyendo la comisión de desarrollo rural, asuntos indígenas, derechos humanos y participación ciudadana, gobernación, hacienda municipal y vigilancia.
El proyecto de resolución del juicio para la protección de los derechos político-electorales 88/2024 se acordó declarar infundado su agravio en relación con la falta de fundamentación del acuerdo del Cabildo, dado que este órgano tiene la facultad discrecional de adoptar decisiones sin estar obligado a justificar cada postura.
Sin embargo, el tribunal consideró parcialmente justificado el reclamo de la regidora sobre su derecho a una participación activa e informada en la toma de decisiones. Se constató que la regidora enfrenta una situación desigual en comparación con otros miembros del Cabildo, ya que no preside ninguna de las 22 comisiones municipales, mientras que otros regidores presiden hasta dos comisiones.
El fallo subraya la importancia de la presidencia de una comisión, ya que implica facultades específicas como agendar temas y proponer recomendaciones, lo que revela una disparidad en el desempeño de funciones en comparación con otros miembros del Cabildo.
El Cabildo deberá reorganizar las comisiones dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, asegurando que no se perjudique a las mujeres que actualmente ocupan dichos cargos. Además, deberá informar al tribunal en un plazo de 48 horas después de la reorganización, presentando las constancias correspondientes.


