San Luis Potosí, SLP.- El Juzgado Octavo de Distrito ordenó frenar la aplicación del Plan Municipal de Desarrollo 2024-2027 en Villa de Pozos, luego de que se detectó la ausencia de una consulta previa dirigida a personas con discapacidad.
De acuerdo con la resolución judicial, “el acto reclamado implica una omisión que constituye una violación a un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, específicamente, el derecho a la consulta previa, establecido en el artículo […] 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.
La suspensión fue concedida de oficio por la jueza responsable del caso, quien argumentó que la falta de consulta representa un daño al interés colectivo de personas con distintas discapacidades. Como parte del proceso, las autoridades municipales deberán presentar un informe y asistir a una audiencia programada para el próximo 15 de mayo.
“Las personas con discapacidad buscan que se realice una consulta para que se pueden tomar en cuenta sus opiniones y estas sean integradas al Plan Municipal de Desarrollo para los tres primeros años de vida de este nuevo municipio”, detalla la demanda de amparo promovida.
Este tipo de acciones no son nuevas: en otros municipios y ante el propio Gobierno del Estado, personas con discapacidad ya han promovido amparos similares, logrando que el Poder Judicial obligue a las autoridades a cumplir con su derecho a ser consultadas.


