22 julio, 2026

Hasta 6 años de prisión a quien use IA para modificar o alterar multimedia de contenido sexual

30 junio, 2025

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Con el objetivo de tipificar y sancionar la difusión de imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual manipulados a través de inteligencia artificial, de una persona sin su consentimiento, el pleno del Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria, la modificación al Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

 

Así, se establece la sanción de una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización,  a quien haciendo uso de la Inteligencia Artificial, para modificar o alterar imágenes, audios o videos de una persona sin su consentimiento, para crear hechos falsos con apariencia real de contenido íntimo sexual, así como a quien los almacene, transmita, publique o difunda por cualquier medio.

 

Por Inteligencia Artificial se entiende, las aplicaciones de software, programas informáticos o cualquier software con capacidad de modificar o alterar imágenes, audios o videos.

 

También se incorpora el uso de la inteligencia artificial en el delito contra la identidad de las personas, el cual se sancionará con una pena de tres a seis años de prisión, multa de mil a mil quinientas días del valor de la unidad de medida de actualización, y, en su caso, la reparación del daño que se hubiera causado.

 

El dictamen respectivo reforma la fracción I del párrafo segundo del artículo 187 BIS; y adiciona dos párrafos, estos como penúltimo y último al artículo 187, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.