27 octubre, 2025

Aprueban modificaciones a la legislación para favorecer la salud menstrual de mujeres en centros penitenciarios

27 octubre, 2025

Compartir nota:

Facebook
Twitter
WhatsApp

Se busca brindar atención prioritaria a este sector, con insumos de salud menstrual: Dip. Frinné Azuara y Dip. Marco Gama.

 

En reunión de la Comisión de Salud y Asistencia Social del Congreso del Estado, fue aprobado el Dictamen que reforma el artículo 133 de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, para incluir a las mujeres recluidas en centros en el estado dentro de las campañas de reparto de insumos de salud menstrual.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La diputada Frinné Azuara Yarzabal, presidenta de esta comisión legislativa, señaló que en el estado existen aproximadamente 340 mujeres en reclusión que requieren de estos apoyos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

“Y tanto el DIF como la Secretaría de Salud respaldaron esta propuesta, y se busca que estas instituciones, a través del sistema de vigilancia y seguridad en los reclusorios puedan hacerse llegar a todas las mujeres y personas menstruantes cuenten con este derecho”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En el mismo sentido, el diputado Marco Gama promovente de esta iniciativa, señaló que con esta reforma, se atenderá a las personas menstruantes como población de atención prioritaria en materia de salud, “y con esto, que puedan ser objeto de beneficio de contar con los artículos de limpieza de un derecho menstrual digno cada una de las mujeres que se encuentran en los centros penitenciarios, que es el principal objetivo”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El dictamen reforma la fracción II del artículo 133 de la Ley de Salud del Estado, para establecer que de conformidad con la suficiencia presupuestal que se tenga, en los programas de entrega de insumos de salud menstrual de manera gratuita, con el fin de garantizar la seguridad sanitaria y el bienestar físico de las personas menstruantes, se priorice, además de la población con mayor grado de marginación social y pobreza, a las personas menstruantes recluidas en los centros penitenciarios del Estado, para ello en su caso, se celebrarán convenios específicos entre la Secretaría de Salud y la autoridad penitenciaria.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El dictamen respectivo se turnará al Pleno para su votación.