21 julio, 2026

CNDH impugna ante la Corte reforma penal sobre inteligencia artificial en San Luis Potosí

10 enero, 2026

Compartir nota:

Facebook
Twitter
WhatsApp

CNDH confirma acción de inconstitucionalidad contra delitos de IA en San Luis Potosí

San Luis Potosí, SLP.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hizo pública la acción de inconstitucionalidad que presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de la reforma al Código Penal de San Luis Potosí impulsada y aprobada por el Congreso del Estado, la cual tipifica diversos delitos relacionados con el uso de inteligencia artificial. Con ello, el organismo confirmó que el recurso fue promovido dentro del plazo constitucional, pese a que previamente organizaciones civiles y periodistas consideraban cerrada esta vía legal.

De acuerdo con el documento oficial, la acción fue interpuesta el 17 de diciembre de 2025 por la presidenta de la CNDH, María del Rosario Piedra Ibarra, y se dirige contra los artículos 187 Ter, 272 Bis y 272 Ter del Código Penal local, reformados mediante el Decreto 0314 publicado el 18 de noviembre por el Congreso del Estado. En el escrito se sostiene que dichas disposiciones vulneran derechos y principios constitucionales como la libertad de expresión, el acceso a la información, la seguridad jurídica y el principio de legalidad.

La CNDH advierte que los tipos penales aprobados por el Congreso de San Luis Potosí contienen formulaciones ambiguas que dificultan identificar con claridad las conductas prohibidas y abren la puerta a interpretaciones arbitrarias. En el documento se señala que “las descripciones típicas controvertidas inhiben el pleno ejercicio de la libertad de expresión y acceso a la información, especialmente en el espacio virtual”, al limitar el debate público y la crítica social en entornos digitales.

Otro de los puntos centrales de la impugnación es el uso desproporcionado del derecho penal por parte del legislador local para regular el desarrollo tecnológico, al criminalizar conductas que no necesariamente generan un daño real, sino un “riesgo presunto”. En ese sentido, la CNDH considera que el Congreso debió explorar previamente alternativas menos restrictivas, como mecanismos civiles, administrativos o de autorregulación.

Finalmente, el organismo cuestiona que las reformas busquen proteger por la vía penal conceptos amplios como la “confianza pública”, la “paz social” o la “credibilidad institucional”, sin exigir la acreditación de un daño concreto, lo que a su juicio termina privilegiando la protección de la imagen del propio Estado y sus instituciones por encima de derechos fundamentales.