21 julio, 2026

TEE ordena al Congreso legislar para garantizar elección indígena por usos y costumbres

26 marzo, 2026

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Tribunal Electoral exige al Congreso saldar omisión en derechos indígenas

San Luis Potosí, SLP.- El Tribunal Electoral del Estado (TEE) instruyó al Congreso local a realizar adecuaciones a la legislación vigente para que las comunidades indígenas puedan elegir a sus autoridades conforme a sus propios sistemas normativos, al determinar que existe una omisión legislativa en este ámbito.

La resolución se originó a partir del expediente TESLP/JDC/004/2026, promovido por Rafael Reyes Martínez y otras personas integrantes de comunidades indígenas, quienes argumentaron que la falta de reformas ha impedido dejar el esquema de elección por partidos políticos y transitar a uno basado en usos y costumbres.

En el fallo, el órgano jurisdiccional concluyó que, si bien el Congreso ha realizado algunas acciones encaminadas a atender la reforma al artículo 2º de la Constitución federal, publicada el 30 de septiembre de 2024, estas no se han materializado en cambios concretos en la Constitución estatal ni en las leyes secundarias.

“Por ello, el Tribunal resolvió declarar fundado el agravio y vincular al Poder Legislativo estatal para que, en el ámbito de su competencia, realice las acciones necesarias para iniciar, continuar y concluir el proceso legislativo correspondiente, a efecto de armonizar el marco jurídico local con el mandato constitucional.”

Como parte de la determinación, se estableció un plazo de 90 días naturales, contados a partir de la notificación, para que el Congreso cumpla con lo ordenado. Asimismo, deberá informar al propio Tribunal, dentro de los tres días posteriores, sobre las acciones emprendidas, presentando la documentación correspondiente.

La sentencia también precisa que las modificaciones deberán garantizar el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo principios de autonomía y libre determinación.

En apego al principio de máxima publicidad, se instruyó a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado para que, mediante el Instituto Estatal de Lenguas Indígenas e Investigaciones Pedagógicas, traduzca la resolución a formatos de lectura accesible en lenguas tenek y náhuatl, tanto en versión escrita como en audio.

Aunque el fallo no establece de manera explícita la obligación de realizar una consulta indígena, la naturaleza de las reformas que deberán impulsarse implica, conforme a la Constitución, la necesidad de llevar a cabo un proceso de consulta previa, libre e informada a las comunidades involucradas.

No obstante, la resolución aún puede ser impugnada por el Congreso del Estado, lo que abriría la posibilidad de que el caso sea analizado por la Sala Regional Monterrey en una instancia superior.