San Luis Potosí, SLP.- El pleno del congreso del estado aprobó la reforma al artículo 28 de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales con la que busca garantizar el pago puntual de las pensiones, además de subsanar el déficit financiero que lo amenaza en un par de fondos. Esto debido a dos amparos que requieren la actuación de las autoridades.
El dictamen fue aprobado con 25 votos a favor en esta última sesión de periodo ordinario del congreso del estado.
El artículo 28 al que refiere el gobierno ya contempla que, ante una crisis provocada por el déficit de un fondo, las instituciones de la administración pública estatal o municipal, deben asumir y cubrir las prestaciones de los trabajadores activos y pensionados, pero la reforma propuesta por el Gobierno del Estado establece que la Dirección de Pensiones pida a la Secretaría de Finanzas (Sefin) la asignación de recursos necesarios para enfrentar el déficit y concluir el ejercicio fiscal en curso, con una solicitud que debe realizarse a más tardar el mes de agosto de cada año, misma que deberá incluir el monto que se requiere por concepto de pensiones.
Esta solicitud tendrá que incluirse en el Presupuesto de Egresos de la Sefin y su pertinencia será verificada por el Congreso del Estado.
Ahora el procedimiento para que el Poder Ejecutivo se haga cargo de las pensiones, estará sujeto a tres precondiciones: el fondo que padezca el déficit debe pasar por una auditoria (en conformidad con el artículo 17 de la Ley en la materia) antes de recibir recursos; el dinero que se destine a capitalizar el fondo será derivado de los ingresos excedentes conforme a lo establecido en el con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y la solicitud de rescate al fondo solo se podrá hacer en un plazo de seis meses de anticipación a que el fondo se vea agotado.
El artículo 14 de la ley de disciplina financiera especifica que la aportación a fondos de pensiones es considerada entre los conceptos que pueden recibir los Ingresos excedentes derivados de Ingresos de libre disposición de las Entidades Federativas.
Con esta reforma el poder ejecutivo y el legislativo buscan dar cumplimiento a las sentencias dictadas en dos juicios de amparo indirecto: uno de 2019 y otro de 2021, en las que se exige al Estado y al mismo Congreso tomar medidas para garantizar el pago de las pensiones a los demandantes.


