San Luis Potosí, SLP.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la Recomendación 01/2014, dirigida al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Rioverde, por los hechos ocurridos el pasado el 8 de agosto de 2013; cuando una persona del sexo masculino fue detenida por agentes de Seguridad Pública del Estado adscritos a la Región Media en este municipio, por escandalizar en la vía pública. Al ser remitido a la Dirección de Seguridad Pública Municipal, fue tratado con violencia, provocándole una herida en un dedo que ameritó amputación.
La victima precisó en la queja que interpuso en la CEDH el 13 de agosto del 2013, radicada en el expediente 3VQ-0152/2013; que previo a la detención ingirió bebidas embriagantes; sin embargo, al momento que lo ingresaban a una celda de la barandilla municipal fue maltratado, recibiendo empujones; para no caerse se sujetó de la puerta de la celda, que un policía municipal cerró fuertemente, lo que le provocó una lesión en el dedo meñique.
De acuerdo a la declaración de un testigo, al comenzar a sangrar el agraviado, solicitó a los policías de guardia, que le brindaran atención médica, la cual en ningún momento fue proporcionada.
La evidencia permite acreditar que a consecuencia de la fractura del meñique, la parte superior de su dedo se desprendió completamente cuando se encontraba en el interior de la celda; de acuerdo a la constancia de atención médica del área de urgencias del Hospital General de Rioverde, se asentó que el 8 de agosto de 2013, la victima acudió por lesión contundente en dedo meñique, que le produjo amputación total de falange, ameritando curación y sutura para afrontar muñón.
Además, la victima señaló que durante el lapso de seis horas que estuvo a disposición del Juez Calificador no se le permitió realizar una llamada telefónica para avisar sobre su detención.
Se advirtió que el Juez Calificador, contaba con los medios tecnológicos para supervisar las instalaciones de las celdas, a través de las cámaras del sistema de circuito cerrado, no obstante el video de las grabaciones de lo acontecido el día de los hechos en las celdas municipales de Rioverde, no fue proporcionado pese que se encontraba en su poder.
La negativa para proporcionar la información necesaria para documentar las quejas sobre posibles violaciones a derechos humanos, se traduce en un acto que inhibe las investigaciones a cargo de esta Comisión Estatal y obstaculiza las tareas que tiene encomendadas en la protección y defensa de los derechos humanos.
Por lo tanto la CEDH recomienda al Presidente Municipal de Rioverde:
PRIMERA. Reparación del daño ocasionado a la victima; compensación justa y equitativa, que incluya atención médica y psicológica.
SEGUNDA. Dar vista al Órgano Interno de Control de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de Rioverde, para el inicio de procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de los servidores públicos que participaron en los hechos.
TERCERA. Instruir a Jueces Calificadores adscritos a la DGSPM, ordenen realizar valoraciones médicas de los detenidos, y que las actas de audiencia de infractor, cédula de ingreso y egreso de infractores, así como de entrega de pertenecías, se elaboren con todos los requisitos, informando a esta Comisión del cumplimiento de este aspecto.
CUARTA. Colaborar ampliamente con la investigación que realice la Procuraduría General de Justicia del Estado, relativa a la integración de la Averiguación Previa 1, por las consideraciones que se asentaron en la presente Recomendación.
QUINTA. Incluir en el programa de capacitación permanente a los Jueces Calificadores y personal de la DGSPM, el tema de derechos humanos, en particular los derechos que prevalecen durante la estancia de detenidos en las celdas municipales.



