21 julio, 2026

Veterinarios podrán ser inhabilitados si maltratan a los animales

18 julio, 2014

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Dip. Alejandro Lozano

San Luis Potosí, SLP.- El Diputado, Alejandro Lozano González informó que se reformó el artículo 355 en su párrafo segundo del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para especificar que profesionales serán inhabilitados por cometer delito de maltrato animal.

Explicó que la modificación solo fue para especificar puntualmente quién, en su caso, es la persona a la cual se puede inhabilitar tratándose de la comisión del delito de maltrato a los animales domésticos, ya que esta sanción se aplica únicamente a los profesionales en veterinaria.

Indicó que la ley establece que el delito de maltrato animal será castigado con pena de tres meses a un año de prisión, y sanción pecuniaria de diez a cuarenta días de salario mínimo; e inhabilitación hasta por un año para el ejercicio de la profesión si el delito lo cometiere un profesional en veterinaria.

Lozano González manifestó que se pretende que no haya confusiones al momento de aplicar la ley, para evitar injusticias o que se pueda mal interpretar la aplicación.